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Calcular la pensión

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Existen dos variables que debemos tener en cuenta para calcular la pensión. La primera es el periodo cotizado y la segunda las aportaciones realizadas durante ese periodo. La carrera de cotización se mueve de forma paralela a la vida laboral, por lo que las aportaciones estarán estrechamente ligadas al salario.

Antes de seguir adelante con las bases para el cálculo de la pensión conviene recordar que en España existen dos tipos de pensiones: contributiva y no contributiva. La primera es a la que tienen derecho los trabajadores que han cotizado en cualquier régimen durante más de quince años, estando dos de ellos dentro de los últimos quince años antes de la jubilación. Mientras, la segunda se reserva para quienes no ha alcanzado esos 15 años y para los casos de invalidez.

Hasta la reforma de las pensiones de 2011 la edad de jubilación legal estaba fijada en los 65 años, pero tras los cambios legislativos se eleva hasta los 67 años, si bien esta medida irá aplicándose de forma paulatina y no será hasta 2013 cuando empecemos a ver sus efectos ya que hasta 2013 se mantienen los citados 65 años como edad de jubilación legal. A partir de entonces el aumento se llevará a cabo de la siguiente forma hasta finalizar en 2027 con 67 años como edad de jubilación.

La siguiente tabla, cortesía de El Blog Salmón, ilustra el proceso:

En este punto conviene aclarar que la mujer u hombre que tenga que dejar su puesto de trabajo para cuidar a sus hijos tendrá una cotización extraordinaria a la Seguridad Social hasta un máximo de 2 años, por lo que podrá aplicar este beneficio hasta su tercer hijo. Del mismo modo,

En cualquier caso, la edad legal de jubilación sólo sirve para decirnos cuándo nos podremos jubilar legalmente, no la cuantía de pensión que cobraremos. Para eso hay que acudir, como ya hemos dicho a los años cotizados y al salario percibido.

Empezaremos con el salario percibido, o lo que es lo mismo, la base reguladora sobre la que se calculará la pensión. Es la media aritmética de las bases de cotización de los últimos quince años cotizados pero sin pagas extras y actualizando las cifras en función del IPC.  Dicho de otra forma, son los famosos 15 últimos años de cotización que se toman para saber cuánto percibiremos tras jubilarnos. El cálculo a realizar es el siguiente:  se divide por 210 (resultado de multiplicar 15 años por 14 pagas)  la cifra de las bases de cotización del trabajador durante los 180 últimos meses de cotización, lo que significan los últimos 15 años de su vida laboral, tomándose los 24 últimos meses por su valor nominal a valor euros, y los otros 156 meses por los valores corrientes actualizados a la inflación generada hasta los 24 últimos meses. Mientras que la inflación a considerar se tomará en cuenta la registrada oficialmente por Estadística. El Instituto Nacional de Estadística dispone de una herramienta para actualizar rentas que será de gran utilidad a esta tarea.

La reforma de las pensiones también introduce novedades en este punto que conviene tener en cuenta. Y es que la base reguladora irá aumentando progresivamente desde 2013 hasta alcanzar el 2022 los 25 años. Es decir, el objetivo es que a largo plazo se tenga en cuenta un periodo de 25 años para calcular la base reguladora.

Sobre la base reguladora resultante habrá que aplicar una serie de coeficientes reductores para quienes se jubilan antes de los 65 y para quienes lo hacen sin haber cotizado los años necesarios. Y es que 15 son los años mínimos para cobrar la pensión contributiva, pero quienes deseen cobrar el 100% deberán cotizar 35 años. La siguiente tabla muestra el porcentaje de pensión actual a cobrar en función de la base reguladora:

La reforma de las pensiones también establece cambios al respecto de forma que se cambia el porcentaje de base reguladora por años cotizados. La escala pasa a contar con 37 años cotizados y en la Seguridad Social todavía no disponen de la nueva, aunque sí se sabe que las pensiones se verán reducidas un 2,27% por cada año que se deje de cotizar. De esta forma tendríamos un cuadro muy parecido al siguiente:

Así, por ejemplo, una persona con una base reguladora de 1.000 euros pero que sólo hubiese cotizado 30 años debería conformarse con una pensión de 900 antes de aplicar otros reductores. Adicionalmente, quienes extiendan voluntariamente su vida laboral más allá de los 65 años recibirán un 2% adicional por cada año completo.

Además, existen una serie de importes máximos y mínimos que se pueden cobrar como pensión contributiva y que se establecen cada año. Actualmente la pensión máxima no podrá superar los 2.466,20 euros al mes o 34.526,8 euros al año, mientras que la mínima se mueve entre los  8.229,2 € anuales unos (587,8€ al mes)  en caso de que el que la perciba viva solo, y de 10.152€ al año unos (725,2€ al mes) en caso de tener cónyuge a su cargo que carezca de renta.

Para quienes todo este jaleo de números les haya sonado a chino o no se vean con fuerzas de coger la calculadora, existen programas de ayuda y herramientas que ejercen de calculadora. Quizás el más recomendable sea el de la propia Seguridad Social. Se trata de un programa para el autocálculo de la pensión al que se puede acceder aquí. Conviene recodar que en cualquier caso necesitaremos algunos datos para poder calcular la pensión empezando por el informe de vida laboral y el informe de bases de cotizaciones.

Y para terminar, un vídeo en tono cómico sobre cómo puede terminar todo esto de las pensiones.

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    18 Comentarios »

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    1. [...] fomentando el trabajo, voluntariamente, después de esta edad, y contabilizar 25 años para el computar la pensión, aunque no menos de 20 años para poder entrar en dicho [...]

      Pingback por Jubilación 69 — March 5, 2010 #

    2. [...] Esta próxima medida se iniciaría progresivamente desde 2013. Como han señalado el horizonte de llegada se deberá correr año tras año, con 1 mes, mes y medio, 2 meses, hasta llegar a los fijados 67 años. Por lo que sólo los nacidos previamente a 1948 se jubilarán a los 65 años, pero desde dicha fecha, el retiro será con el siguiente cálculo: [...]

      Pingback por Cálculo jubilación — March 25, 2010 #

    3. [...] tanto que, las pensiones más bajas se dan en las de orfandad con 301,89€ mientras que las más altas son las de [...]

      Pingback por Pensiones autónomos — March 31, 2010 #

    4. los nacidos en 1949, cual es la edad de jubilación

      Comentario por Carmen Randeiro — October 10, 2010 #

    5. El servicio Militar entra en la vida laboral como cotizacion?

      Comentario por Miuel Angel Quevedo Betancor — October 28, 2010 #

    6. [...] La cuantía de la pensión de los trabajadores autónomos también depende de sus cotizaciones. Habitualmente suele recomendarse a los trabajadores por cuenta propia que coticen el mínimo los primeros años y que durante los últimos 15 años, que son los que se utilizan para computar la base reguladora, se aumenten al máximo, aunque tras la reforma de las pensiones se amplía este periodo hasta los 25 años. Contenidos relacionados: [...]

      Pingback por Cotizaciones seguridad social — August 19, 2011 #

    7. Tengo 60 años de edad despés de 2 años de paro y 37 cotizados estoy con la ayuda y pienso jubilarme a los 61
      ¿Cuánto podria percivir de pensión?
      Gracias.

      Comentario por pedro — September 24, 2011 #

    8. Cotizé 13 años bajo el Regimen General de la Seguridad Social, cesando esa cotizacion hace unos 3o años. Deseo continuar mi cotizacion pero bajo el regimen de Autonomos. Como se trataría este tema a efectos de calculo de numero de dias cotizados en el momento de mi jubilación?. Actualmente tengo 59 años con lo cual cotizaría autonomos hasta los 65 años. Se sumarian en este caso los periodos cotizados bajo el Regimen General a los de Autonomos a efectos de los 15 años minimos requeridos para percibir pension? (Obviamente tendria 2 años cotizados dentro de los 15 ultimos. Gracias anticipadas.

      Comentario por Jaime — September 28, 2011 #

    9. HOLA JAIME,

      En principio se sumarían los días cotizados, aunque bajo la base de autonómo.

      Comentario por admin — September 30, 2011 #

    10. [...] que más preocupan a trabajadores autónomos y asalariados. Sin embargo, para estos últimos calcular la pensión de forma anticipada es incluso más importante porque esta dependerá en buena medida sus [...]

      Pingback por Calcular pensiones autónomos — September 30, 2011 #

    11. [...] de las pensiones de 2011 ha introducido importantes cambios en la forma de calcular la pensión tanto en lo que a la edad de jubilación se refiere como a la base de cotización que se tiene en [...]

      Pingback por Jubilación anticipada — October 24, 2011 #

    12. Gracias por su pronta respuesta. Leo el estupendo articulo sobre “Calcular pensiones autónomos”. Actualmente, si mi informacion es correcta, hay una pensión mínima, este año es de 601,40 euros mensuales. Esto quiere decir que un autónomo que sólo haya cotizado 15 años y por la base mínima cobraría, si no tuviera ningún familiar a su cargo, 601,40 euros /mes. La nueva reforma establece algun cambio sobre calculo de esta pension minima? Gracias anticipadas

      Comentario por Jaime — October 24, 2011 #

    13. HOLA JAIME,

      En principio, funciona tal y como lo expones. Es decir, debería cobrar cerca de 450 euros, pero se vería beneficiado de esta pensión mínima.

      Comentario por admin — October 25, 2011 #

    14. [...] becarios en la Seguridad Social es que el tiempo que trabajen bajo ese régimen computará para el cálculo de la pensión y teniendo en cuenta que la la reforma de las pensiones ha elevado la edad de jubilación hasta [...]

      Pingback por Seguridad Social becarios — October 26, 2011 #

    15. [...] y las contigencias que cubre. Pero además, las cotizaciones serán la llave para el posterior cálculo de la pensión. Os explicamos cuáles son las alternativas y lo que implicada cada [...]

      Pingback por Seguridad Social y autónomos — November 22, 2011 #

    16. Hola,
      Como puedo calcular que les quedará a mis padres de jubilación? son autonomos desde hace unos 15 años (antes cotizaban mediante sus respectivas empresas)y piensan jubilarse en unos 3 años. Tambien me gustaria saber si les merecería la pena subir la cuota de autonomos para cobrar algo más, ya que ahora estan pagando creo que el minimo (254€)
      Saludos

      Comentario por Sergio — January 2, 2012 #

    17. Buenas Sergio,
      Puedes encontrar la información que buscas en este enlace.

      Comentario por admin — January 3, 2012 #

    18. Hola, Tengo 44 años, y 13 años y pico cotizados. Después de la carrera hice la tesis con una beca en una empresa privada, y me gustaria saber si puedo pedir o qué gestiones hay que hacer para incluir ese tiempo en mi vida laboral.
      Muchas gracias

      Comentario por Teresa — January 19, 2012 #

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