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A continuación puedes leer artículos que los autores categorizaron con la temática administracion. Puedes navegar a traves de ellos pulsando en su titulo
Publicado por admin - 12/01/12 a las 01:01:44 pm
Cuando se produce el fin de la relación laboral con un trabajador, además de la cotización normal del mes en que cause baja, hay que tener en cuenta los siguientes aspectos con relación a las retribuciones correspondientes a vacaciones anuales devengadas y no disfrutadas:
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Publicado por Jose Trecet - 12/01/12 a las 01:01:05 pm
Es obligación de la empresa calcular las retenciones de IRPF en la nómina de sus empleados y realizar la retención mínima en función del reglamento de IRPF. Como cada ejercicio el cambio de año hace que debamos renovar los datos de los empleados para recalcular sus retenciones, a lo que en 2012 habrá que añadir los efectos de la subida de impuestos aprobada por el Gobierno.
La subida del IRPF en 2012 y 2013 tiene un efecto inmediato en las retenciones de IRPF que las empresas deben practicar sobre sus empleados al modificarse las tablas sobre las que debe practicarse el cálculo. Para ello el primer paso será actualizar la información sobre la situación personal y laboral del trabajador mediante el modelo 145 que puede descargarse a través de la página web de la Agencia Tributaria o en este enlace.
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Publicado por Daniel Ratto - 30/12/11 a las 11:12:27 pm
Las inspecciones de trabajo son una cosa seria y puede que el empresario por inexperto o recién haber creado la empresa que forma parte de su emprendimiento no tenga claro como o que cumplir para saber como afrontar las inspecciones de trabajo. Se sabe que absolutamente todas las empresas, más allá de contare con una plantilla de trabajadores por cuenta ajena, siempre quedan por obligación a presentar un libro de visitas no uno solo si no en cada uno de sus centros de trabajo, esto le permite a la Inspección de Trabajo al realizar sus visitas puedan anotar en libro las diligencias que consideren.
Esto no acaba aquí ya que están obligados los trabajadores por cuenta propia y los titulares de centros o establecimientos, sin importar si emplean trabajadores por cuenta ajena, o del régimen de la Seguridad Social que se esté aplicando.
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Publicado por Daniel Ratto - 22/12/11 a las 01:12:10 pm
Los datos que debe contener un pagaré son importantes pero no sin antes entender de que va el pagaré. El pagaré se trata de un documento de pago mediante el que la persona física o jurídica se comprometerá al pago de una cantidad de dinero establecida y dentro de una fecha futura y determinada persona.
Al verlo verán que comparte características con un cheque, además de ser similar a la letra de cambio al utilizarlo en diferentes operaciones mercantiles. Existe el llamado pagaré de cuenta corriente, el más utilizado para efectuar los pagos pueden ser a 1 mes, 3 meses, 6 meses, 12 meses.
También es definido como un título de crédito, que es extendido legalmente, a través del mismo una persona que puede ser emisor o suscriptor se obliga a pagar a otra en este caso el tomador o beneficiario una determinada cantidad de dinero.
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Publicado por admin - 28/11/11 a las 11:11:48 am

Tanto para emprender como para hacer que la compañía crezca existen dos vías: trabajo interno o adquisiciones. Comprar una empresa puede ser la solución ideal para iniciarse en el mundo empresarial, afianzar la empresa o acceder a nuevos mercados. Desde aquí os ofrecemos las ventajas e inconvenientes de comprar una sociedad y las cuestiones que deberemos tener en cuenta.
Cuando pensamos en emprender o en hacer crecer la empresa la posibilidad de comprar una sociedad no suele ser de las primeras que nos vienen a la mente. Sin embargo, esta es una alternativa a tener en cuenta en ambos casos, ya que puede suponer algunas ventajas adicionales sobre la fórmula tradicional para abrir una sociedad.
En el caso de los nuevos emprendedores, comprar una sociedad en marcha es la forma más sencilla de acceder al mundo empresarial. Eso sí, habrá que tener especial cuidado en el tipo de sociedad a adquirir y estudiar a fondo sus balances para cerciorarnos de que no arrastra pérdidas. Un buen consejo que nos ofrece Enrique Quemada es el de no llevar a cabo el pago de una sola vez y tratar de diferirlo en el tiempo lo máximo posible. Se puede, por ejemplo, plantear la compra de un 10% anual de la empresa, algo que suele funcionar cuando los empresarios cerca de su jubilación deciden vender la empresa a los empleados, aunque son conscientes de que no podrán cobrar todo el dinero de una sola vez.
Otra alternativa diferente es hacerse con una empresa inactiva, algo que básicamente servirá para ahorrarnos algunos trámites y para proteger nuestra identidad. Y es que la identidad de los compradores de una sociedad no es necesario inscribirla en el Registro Mercantil, por lo que sólo aparecería la identidad de los socios fundadores. Desde Inverbanc apuntan a las siguiente dos razones para comprar empresas inactivas:
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Fecha de publicacion: November 28, 2011
Categorias: administracion
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Publicado por admin - 02/11/11 a las 03:11:10 pm

Entre los tipos de sociedades por los que se puede optar a la hora de crear una empresa se encuentran las sociedades mercantiles. Estas agrupan a diversos tipos de sociedades que van desde las sociedades limitadas hasta las sociedades anónimas pasando por las cooperativas.
Como su propio nombre indica, las sociedades mercantiles son un tipo de sociedad con personalidad jurídica propia y patrimonio propio cuyo objetivo es ejercer una actividad empresarial, industrial o comercial, lo que la distingue para empezar de una sociedad civil.
Existen diferentes tipos de sociedades mercantiles que pueden utilizarse como formas jurídicas de constitución para una empresa. Sin embargo, como explica el Decanato de los Registradores de la Propiedad, Mercantiles y Bienes e Inmuebles de Castilla-La Manca en su guía sobre este tipo de sociedades, existen una serie de elementos comunes a todas ellas, como la necesidad de tributar por el Impuesto de Transmisiones y Actos Jurídicos Documentados al 1% sobre el capital de constitución, si bien después muchas de ellas están exentas del pago del mismo.
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Publicado por admin - 28/10/11 a las 03:10:15 pm

El Catedrático Alfredo Mosquera, director del Área Académica de Abastecimiento y Compras del IEEC, Escuela de Negocios, Supply Chain Management y Logística. desenmascara algunos mitos de la gestión ejecutiva y empresarial.
Una de las definiciones que da el diccionario de la Real Academia Española de la palabra “mito” es que se trata de una “Historia ficticia o personaje literario o artístico que condensa alguna realidad humana de significación universal”, o bien “Persona o cosa a las que se atribuyen cualidades o excelencias que no tienen, o bien una realidad de la que carecen”.
Ahora bien, yendo al tema que nos ocupa, de manera cotidiana y ante determinadas actitudes, comportamientos o decisiones de los directivos, relacionados con la conducción de las empresas, nos encontramos frente a una serie de mitos que dificultan o interfieren en el desarrollo habitual de los negocios, provocando en algunos casos el deterioro del gerenciamiento, la pérdida de competitividad o la pérdida de oportunidades de negocios, entre otras situaciones.
Veamos cuáles son los principales mitos relacionados con los negocios.
1. La cultura de la organización no permite hacer negocios o realizar cambios organizacionales
Se suele echar la culpa a la cúpula directiva, asumiendo que prefieren que la compañía siga funcionando como hasta ahora, sin ningún tipo de cambio interno Pero lo cierto es que siempre habrá posibilidades de crear o hacer un negocio. Algunas condiciones económicas o sociales pueden perjudicar la creación de ciertos tipos de negocios, y lo que normalmente consideramos una cultura organizacional arraigada en no tomar riesgos, es en realidad una postura conservadora y cauta frente a los riesgos. Por ejemplo, si la situación económica del país no es favorable, la organización podrá analizar la conveniencia de optimizar costos, adquirir inversiones, reorganizar sus negocios o buscar nuevos mercados con mayor poder adquisitivo.
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Publicado por admin - 26/10/11 a las 09:10:39 am

A partir del 1 de noviembre de 2011 los becarios pueden cotizar a la seguridad social. La cotización de los becarios será por la base mínima multiplicada por 0,77 y la cuantía será asumida en su mayor parte por la empresa que los contrate. Además, hasta final de 2012 quienes hayan sido becarios podrán también solicitar que se añadan esos años a su vida laboral.
Los becarios se unen a los trabajadores que cotizan a la Seguridad Social. El Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros sirve para regular lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, y que permite a los becarios cotizar a la Seguridad social desde el 1 de noviembre. La cotización de los becarios se regula por en convenio especial y está constituida por la base mínima de cotización prevista en el régimen general aplicando un coeficiente reductor del 0,77% (a efectos del cálculo supone multiplicar la base mínima por 0,77) .
Las empresas u organismos que financien el programa de formación del becario deberán solicitar la apertura de cuenta de cotización del becario a la Seguridad Social para que esta sea efectiva. El Real Decreto también establece que los becarios serán asimilados a trabajadores por cuenta ajena a efectos de su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social. Con este desarrollo, la cotización de los becarios a la Seguridad Social se rige por normas similares a las de el contrato de formación y el de aprendizaje en lo que a contingencias comunes y profesionales se refieren. En este sentido, la gran diferencia es que los primeros no cotizan por la contingencia por desempleo ni al Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), de forma que no generan derecho a cobrar el paro.
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Publicado por admin - 20/10/11 a las 03:10:31 pm

Las dos vías principales que tiene una empresa para crecer es hacerlo de forma orgánica o mediante adquisiciones. Comprar un negocio puede ser una buena fórmula para entrar en nuevos sectores o simplemente afianzar una línea de productos. Pero antes de lanzarnos a la caza y captura de empresas conviene tomar algunas precauciones y hacer bien nuestros cálculos.
La ventaja del crecimiento a través de la compra de empresas es que el impacto en la cuenta de resultados es mucho más inmediato, ya que estamos sumando ‘de golpe’ todas las ventas de la compañía adquirida, pero también sus gastos. Y precisamente aquí es donde empezamos a ver que será necesario un trabajo previo a la firma de la compra venta.
Aquí os dejamos cuatro alternativas a la hora de elegir la empresa:
- Empresas en nuevos sectores: si lo que queremos es entrar en un nuevo sector adquirir una empresa es la forma más rápida de hacerlo. Antes de lanzarse a buscar la compañía concreta conviene estudiar bien los negocios que mejor se complementan con nuestras actividades actuales, ya que de esta forma podremos aprovechar nuestro ‘expertise’ e incluso ahorrar costes en la integración. Pero quizás lo más importante es que podremos fusionar las carteras de clientes para ofrecer los servicios de una a otra y viceversa. Siempre será más fácil entrar en un cliente cuando una parte de tu negocio ya trabaja para él.
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Publicado por admin - 12/10/11 a las 09:10:26 am

En España existen diferentes tipos de formas jurídicas de constitución de una empresa, cada una con sus propias características, ventajas y desventajas. Una primera distinción nos llevará a hablar de el empresario como persona física y de sociedades civiles, anónimas y limitadas, pero hay más.
Al hora de crear una empresa hay que elegir la forma jurídica que mejor se adapte a la actividad que vayamos a desarrollar. En España existen diferentes tipos de sociedades que varían en cuanto al número de socios, capital social o inicial y responsabilidad en caso de deudas, por poner sólo algunos elementos constitutivos de una sociedad.
Pero antes incluso de hablar de tipos de sociedades deberemos distinguir entre emprender como persona física, es decir, un empresario individual, y hacerlo como persona jurídica, donde sí se podrá elegir el tipo de sociedad que se considere oportuno. Antes de pasar a resumir cada tipo societario nos detendremos brevemente en el caso del empresario como persona física.
El empresario individual
Hacerse autónomo es una de las alternativas más extendidas para ejercer como empresario, sin que medie ningún tipo de sociedad. Sólo será necesario estar en posesión legal para ejercer como empresario individual. Su principal ventaja es la inmediatez del trámite -si bien hoy en día se pueden crear empresas de forma rápida- y unos reducidos costes. No es necesario hacer ningún tipo de aportación al capital social de la empresa, ya que esta no existe. A su favor juega también una fiscalidad mucho más simple que el de las empresas. Y es que los autónomos no tienen que declarar el impuesto de sociedades y tributan a través de la declaración de la renta. Como gran punto en contra se encuentra la responsabilidad que deberá asumir por sis actos, ya que en caso de deudas, deberá responder con su patrimonio.
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