Los viajes de empresa son una partida importante del presupuesto de cualquier empresa y las pyme no son una excepción. Un estudio elaborado por Edenred ha determinado que las pequeñas y medianas empresas españolas gastan una media de 92.000 euros al año en desplazamientos, de los cuáles un 46,7% corresponde a gasto en carburante.
El infome precisa que el 27,3% de las pyme y los trabajadores autónomos tiene a más de cinco empleados desplazándose de forma diaria por motivos laborales, lo que supone un gasto de 112 euros por persona en concepto de hoteles y restaurantes. Edenred ha detallado cada uno de los gastos de los desplazamientos. En concreto, el 22,9% de los costes están relacionados con los restaurantes, lo que se traduce en 21.237 euros anuales de media por empresa, mientras que en hoteles se gasta el 13,4% en hoteles o 12.419 euros anuales. Sin embargo, lo más chocante es el 46,4% del total que supone el carburante.
En un post anterior ya explicamos las diferencias entre Leasing y Renting en términos generales, así que en esta ocasión vamos a centrarnos en los costes de ambas alternativas y la fiscalidad de cada una de ellas.
Sólo a modo de recordatorio, empezaremos definiendo el renting como un arrendamiento empresarial de bienes durante un tiempo determinado y el leasing como un arrendamiento financiero con opción de compra por el cual el arrendatario va pagando cuotas mensuales.
Costes de contratación
En primer lugar analizaremos los costes de contratación para ambas opciones:
Renting: La compañía de renting establece una cuota de alquiler en función del precio del vehículo, el plazo de contratación y los servicios que se prestan. Dados los ahorros que consiguen las compañías de renting en sus compras, la cuota puede suponer entre un 15 y un 20% de ahorro con respecto a los precios que podría conseguir el propio cliente. Desde algunas compañías indican que por ejemplo por la Renault Kangoo, la más contratada en renting, la cuota podría estar entre los 350 y 400 euros mensuales, en un contrato a tres o cuatro años.
La cuota aumenta en función de los servicios contratados y varía según el kilometraje previsto: el contrato fija un precio para el kilómetro no consumido y para el excedido, y al final del año se satisface la diferencia. Conviene fijarse bien en estos precios, pues pueden hacer variar el precio. Normalmente se exige un aval por el importe de una o dos cuotas.
Extras incluidos: El paquete básico incluye el seguro, mantenimiento, revisiones oficiales, reparaciones preventivas y correctivas, cambio de piezas, impuestos y, en la mayoría de las compañías, cambio de neumáticos cada determinado número de kilómetros.
Leasing: La cuota mensual depende del tipo de interés que se aplique a la operación, pero a cada cliente se le ofrece un tipo diferente en función de la solvencia, el volumen de negocio, de las garantías, el riesgo y demás factores económicos. En estos momentos, el tipo fijo estaría en una horquilla entre cinco y siete, y el variable, dos puntos por encima del tipo de referencia.
Se recomienda acudir a la entidad financiera con la que se trabaja de forma habitual, que es la que conoce bien al empresario y el negocio y le ofrecerá mejores condiciones, así comosolicitar financiación ICO-Pyme que no permite que las entidades financieras apliquen comisiones.
Respecto de los requisitos exigidos, las compañías de renting o leasing tienen criterios iguales para las pequeñas y medianas empresas y autónomos: viabilidad y solvencia. En principio, no debería haber ningún problema para contratar uno de estos productos, pero es posible que la entidad arrendadora considere que la operación tiene más riesgo que en el caso de empresas mayores y establezca condiciones más estrictas.
Fiscalidad
Los profesionales liberales y los autónomos también pueden beneficiarse de las ventajas fiscales que ofrecen tanto el renting como el leasing, siempre que el vehículo contratado se destine a actividades empresariales o profesionales. Las desgravaciones de las cuotas del renting y leasing se realizan sobre el IVA y el IRPF, en lugar de sobre el Impuesto de Sociedades.
Tanto las empresas como autónomos sólo podrán aplicar la deducción fiscal si el automóvil se afecta exclusivamente a la explotación, lo cual se debe poder probar por cualquier medio admisible en Derecho. En las inspecciones, la Agencia Tributaria tiene en cuenta aspectos como el modelo del vehículo utilizado, si permanece en el garaje de la empresa durante los fines de semana y los periodos vacacionales o si lleva el logotipo serigrafiado.
Veamos la fiscalidad de cada uno:
Leasing: Los distintos contratos de arrendamiento con opción de compra tienen un tratamiento fiscal diferente, fundamentalmente en relación con los gastos deducibles. Según DGT del 2/11/01, las empresas sujetas al Impuesto de Sociedades y los autónomos sujetos al IRPF en estimación directa que celebren un contrato que cumpla los requisitos del art. 128 de la LIS habrán constituido un Leasing y se aplicará su régimen fiscal que no es susceptible de opción, no cabe renunciar total o parcialmente a su aplicación.
Para entender las deducciones fiscales, veamos la composición de las cuotas que se pagan:
Cuota = Intereses + recuperación del coste del bien o amortización de capital + iva
Opción de Compra = Suele ser una cuota más.
Donde:
- Los intereses son gasto deducible.
- La amortización de capital es gasto deducible hasta una cantidad igual al doble de la amortización del vehículo según tablas oficiales. Si es una empresa de reducida dimensión (aplicable también a profesionales) hasta el triple. El exceso será deducible en los siguientes periodos impositivos con igual límite.
- El Iva como impuesto devengado en una actividad empresarial o profesional es deducible.
- La opción de compra: Este gasto no forma parte de las cuotas del Leasing, por lo que no se le aplican los límites del doble o triple. Será deducible como cualquier activo, a través de la amortización o depreciación según tablas. Para los bienes muebles el plazo mínimo de duración del Leasing es de 2 años, si la opción se ejercita antes se perderán los incentivos.
En conclusión, financiar la compra del vehículo con un Leasing supone deducirse la inversión el doble o el triple de rápido que si se hace con dinero propio o financiado por otros medios.
Renting: En el caso del renting, es lógico presuponer la afectación del vehículo a la actividad económica o profesional, por lo que los gastos de arrendamiento en esta modalidad serán deducibles.
Según DGT del 29/04/06 las cuotas satisfechas por un profesional serán deducibles cuando tengan una correlación con la obtención de los ingresos de la actividad profesional desarrollada, correlación que sólo existe si el vehículo se destina exclusivamente a la actividad.
Todos los gastos que se paguen serán deducibles, ya que las cuotas pagadas serán en concepto de alquiler, que incluye el uso y mantenimiento, más o menos integral según lo pactado, del vehículo.
Recordar que en el caso de profesionales en estimación directa sólo pueden deducir los gastos de sus vehículos (combustible, reparaciones, mantenimiento, seguros) si se demuestra la afectación exclusiva de los mismos a su actividad, y que los gastos de desplazamiento que efectúa desde su domicilio al lugar de trabajo en el coche particular no son deducibles.
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La semana pasada, el Secretario de Estado de Energía y el Presidente del Instituto de Crédito Oficial (ICO) firmaron un convenio de colaboración entre el ICO y el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), con el que buscan favorecer el acceso a la financiación de las Empresas de Servicios Energéticos (ESE).
Según el convenio firmado, el ICO podrá asignar hasta 600 millones de euros para financiar proyectos de eficiencia energética y de energías renovables que sean realizados por las mencionadas empresas de servicios energéticos. Asimismo, el IDAE (Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía) habilitará un fondo de 30 millones de euros para la cobertura de posibles impagados.
Condiciones financieras
.- La ESE deberá estar acogida a la Línea ICO-Inversión Sostenible 2011.
.- El importe máximo de financiación por cliente será de 10 millones de euros.
.- El tipo de interés será el resultado de la suma de un diferencial máximo de 1,15% sobre el euribor. Si la operación excede de los dos millones de euros, se aplicará un diferencial del 1,5%
.- El plazo de amortización oscilará entre los 3 y los 20 años.
.- El IDAE deberá certificar la viabilidad técnico-económica del proyecto presentado.
Actuaciones para las que se podrá solicitar financiación
* En el sector de la edificación: sistemas de gestión energética de edificios; inversiones en instalaciones; iluminación de interiores, etc…
* En el sector del transporte: sistemas de recuperación de energía eléctrica en frenada de trenes, metros, tranvías, etc…
* Inversiones en proyectos que transformen energía en el sector industrial.
Los autónomos, empresas y pymes a pesar de lo mal que la pasan tienen al alcance de la mano o de sus bolsillos diversas soluciones y servicios entre las que pueden adoptar aunque no sea específicamente para este colectivo es el llamado “Carsharing” una forma de ahorrar en movilidad.
El Carsharing se trata de alquilar un coche por solamente cortos periodos de tiempo, con la crisis viene ganando adeptos en diferentes segmentos, una forma de ahorrar combustible y no se descarta que cuando los costes bajen se ofrezcan el alquiler de coches eléctricos.
Una de las empresas que brinda el servicio de alquiler de vehículos proviene de Barcelona, es la empresa Avancar que ya supero los 5.000 socios. Dándo la posibilidad de ahorrar dinero en viajes de coches.
Esta iniciativa tuvo su inicio en Zurich, Suiza dónde un 8% de su población elige desplazarse de esta forma.
Puede notarse desde 2010, como el negocio del car-sharing registra un notorio crecimiento en grandes ciudades de España entre las que sobresale Madrid dónde existen cuatro empresas. Las otras ciudades son: Bilbao, Valencia y Sevilla.
Para los que puedan confundir sus servicios, hay que decir que el car-sharing se diferencia del renting, el alquiler más conocido, que ofrece la oportunidad de contratar el servicio por cortos periodos de tiempo, usualmente es de 1 hora.
Mientras que, el precio medio del car-sharing es de 4€ por hora, además de una media de 25 céntimos de euro por kilómetro recorrido.
Aunque por lo general las empresas requieren de una cuota anual de 60€, otras solicitan una fianza, de 100€.
Pero existen programas especiales para empresas y pymes, y según el uso que le den existen planes personalizados.
También existe la posibilidad del car-pooling, esta modalidad la compañía no posee una flota de vehículos propia, lo que hace es el contacto entre un conductor que puede acoger pasajeros con un viajero que se desplazará por el camino en que irá el conductor del vehículo. Es ofrecido por: Comuto, Amovens o conduzco.es.
Uno de los costes que deben afrontar las pymes es el de la tarifa de luz, y según un estudio una de cada cuatro pymes llegan a pagar un 25% más. Vale decir que la luz es un servicio imprescindible para llevar adelante cualquier servicio o producto por lo que aunque les represente un alto coste no pueden renunciar a tener energía.
Durante 2009, la Comisión Nacional de la Energía (CNE) implementó la medida que todos los centros que hubieran contratado más de 10 KW tenían que pasarse al mercado liberalizado, siendo 1,6 millones, de dicha cuantía, el 7% no se ha pasado y de los que un 25% se corresponden con pymes.
Tienen como plazo para traspasarse al mercado liberalizado el 31 de Diciembre, en dicho caso se les cortará la energía, además de ser multados. Actualmente las facturas son penalizadas con un 20%, con ello se busca el definitivo pase al mercado liberalizado de los que no lo hicieron.
Si se lleva al cálculo los descuentos que brindan las compañías comercializadoras, las pymes que no se han traspasado, estarían pagando por demás la factura de la luz en hasta un 25% de más.
Los consejos que les brindan a las pymes, es que antes de vencer el plazo deberán de negociar una tarifa eléctrica en el mercado liberalizado, además de la potencia necesaria y estudiar las ofertas de los comercializadores.
Para ello deben tener en cuenta el consumo anual y los momentos de mayor demanda lo que les permitirá mejorar el gasto. Una oportunidad es la de contratar alguna de las ofertas de las compañías que no sean de la ciudad.
Entre las oportunidades que presenta el mercado, está la de Endesa y su Tarifa Tranquilidad, con un 5% de descuento garantizado por consumo con plazo Octubre de 2013. Recomiendan contratar un paquete de energía, que incluya el servicio de gas, electricidad, junto a un servicio de valor añadido, lo que abarata la contratación.
Mientras que otra posibilidad es la oferta, Plan Negocio a Medida con una tarifa de mercado libre para autónomos y pymes ofrecida por parte de Gas Natural Fenosa. La ventaja reside en que se toma en cuenta la tarifa y el consumo para desarrollarla.
Por otro lado, Gas Natural Fenosa, ha decidido desarrollar su Web empresaeficiente.com, que brinda información sobre eficiencia energética y cómo optimizar su consumo de energía.
Los trabajadores autónomos y los emprendedorescada vez más se vuelcan a resignar espacio por tecnología y si bien contar con una oficina es lo mejor, no hay muchas opciones para este tipo de trabajadores. Si sobresale como la más elegida el coworking es decir el cotrabajo.
Elcoworkingpermite a los autónomos que compartan una oficina junto a otros profesionales de diferentes sectores. De esta forma logran compartir un espacio en común y los gastos de las facturas logran reducirse generando un ahorro en luz principalmente y en el alquiler de una oficina particular.
Elahorro de las facturas es una de las principales ventajas, así como evitarse que el alquiler se lleve un buen porcentaje de lo ganado. No solamente está dirigido a los autónomos muchas pymes optan por fórmulas similares.
La procedencia del coworking parte de los Estados Unidos, y desde hace un par de años viene captando adeptos entre los profesionales independientes de Europa.
Incluso en medio de estos espacios compartidos se han iniciado negocios, ganado contactos, obtenido clientes, además del intercambio de experiencia y sellado alianzas entre empresarios.
El compartir espacio no les significa resignar profesionalismo y comodidad o herramientas, ya que estos espacios les brinda recursos como fotocopiadoras, escanners, telecomunicaciones, salas de reunión, y todo lo que se requiere en una oficina.
Ante esto, existen dos órdenes de ayudas que, darán impulso para la compra de vehículos eléctricos e híbridos. Desde laConsejería de Universidades, Empresa e Investigación partieron dos convocatorias de incentivos del Programa Integral de Ahorro y Eficiencia Energética.
Las mismas conllevan un presupuesto de 3.366.499€, un 20% más que la convocatoria en 2010 podrán acceder más de mil pymes, autónomos, familias, y corporaciones locales de Murcia.
Las dos órdenes tienen como objetivo el 20-20-20 en 2016 fijado por el Programa Integral de Ahorro y Eficiencia Energética de la Región y siendo 4 años antes del plazo que ha estipulado la UE.
Los incentivos del Plan de Energías Renovables (PER), cuentan con un presupuesto de 1.001.494€, junto a las ayudas de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética (E4), un total de 2.366.499€, se encuentran dentro del convenio de colaboración entre la Comunidad y el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), dependiente del Ministerio de Industria.
Ya se pueden solicitar las ayudas en la Dirección General de Industria, Energía y Minas hasta el 15 de Mayo, además de existir una veintena de medidas para bonificaciones de hasta 7.000€ y 2.300€ que permitirán adquirir vehículos eléctricos e híbridos, y de 3.300€ para cambiar la maquinaria de ascensores.
El renting de vehículos siempre presenta una interesante posibilidad bajando los costos de la empresa que decide utilizar este tipo de servicio, pero no solo existe el renting de vehículos. Siendo sabiamente explotado por las grandes empresas las pymes han ido de a poco volcándose por el y hoy buscan mejores prestaciones en torno al mismo. Aunque muchos todavia dudan entre el renting y el leasing.
En España su crecimiento lo refleja el informe de laAsociación Española de Renting de Vehículos (AER) el que señala que las pymes en el sector, paso de significar un 13% de cuota de mercado del renting en 2003 a significar en 2009 el 33%.
Esto se explica en que tanto el colectivo de trabajadores autónomos como las pymes no reniegan tanto de la cuota mensual como al principio dado que tras 5 años ven el ahorro de costes de gestión, así como la desgravación e integración de todos los servicios lo que recompensa notablemente por esa cuota.
Muchas de las pymes y autónomos se han volcado en los momentos más duros de la crisis al tener que bajar costes y lograr un ahorro sustancial ya que algunos lo definen como un gasto controlado.
Una de las principales ventajas que remarcan las pymes del renting es en especial el ahorro de costes además del control del gasto.
Usualmente al contratar el rentingse solicita cuenta de resultados, el Cirbe y demás gastos que debe hacer frente la empresa. Tras revisar los datos, se tarda unos 15 días en resolver la contratación.
Al contratar el renting también supone ciertos riesgos y para ello hay recomendaciones que seguir:
Analiza que tipos de necesidades se tiene, que utilidad se le dará además de fijarse las coberturas.
Saber de antemano que arrendador se prefiere, ya que existen tres tipos de arrendadores, ellos son:
-Compañías independientes
-Los proveedores
-Entidades financieras.
Este inicio de 2011 parece que no favorecerá en varios aspectos a las pymes como a los trabajadores autónomos debiendo hacer frente a la subida de la factura de luz que es del (9,8%), este será a juicio de la Federación de Empresarios de La Rioja (FER) uno de los factores que retrase la recuperación, del tejido de las pymes y del colectivo de trabajadores autónomos.
Sobretodo cuando estos dos sectores debieron de hacer frente durante el pasado 2010 a las facturas de luzque presentó dos subidas, por no dejar de lado el incremento del IVA que como se recuerda pasó del 16% al 18%, lo que eleva los costes de un lado y del otro.
Por lo que esta subida de la luz que ya se inició desde el 1 de enero de 2011 se muestra como otro impedimento para la consolidación de las pymes y autónomos. Deberán desempolvar las guías de ahorro de energía para poder implementar ciertas medidas que hagan bajar la factura eléctrica.
Ya que hoy día la eficiencia energética se muestra como uno de los tantos factores que favorecen la competitividad de las empresas, pudiendo estas aprovechar sus recursos en producción de bienes y servicios. Pudiendo mejorar sus sistemas de iluminación desde el reemplazo de lámparas incandescentes por las de ahorro como suele hacerlo un consumidor en su hogar, además de reemplazar sistemas eléctricos, además de formar a sus empleados en un mejor uso de instalaciones todo ello logra para la empresa un significativo ahorro de los costes de la empresa.
No es novedad que el sector de las pymes desde hace bastante lleva sobre sus espaldas los problemas de no poder acceder al crédito, la baja en el consumo de ciertos servicios y productos así como representar su tejido empresarial la locomotora para crear empleo.
A todo ello hay datos que se noten o no o no importen por sobre otros mas destacados, uno de ellos es el que se refiere a que solamente un 1% de las pymes llega a utilizar el vehículo corporativo a la hora de retribuirle a sus empleados, durante el año pasado significaba el 8%, así lo refleja el estudio realizado por El Observador del Vehículo de Empresa (CVO).
Dicho estudio también demuestra como las pymes sobretodo deben llevar a cabo fuertes recortes salariales, además de haber reducido notoriamente los vehículos de incentivos hacia sus empleados además de los gastos extras que estos vehículos traen como los seguros.
Los empleados que pertenecen a pymes resultaron los más afectados además de tener que dejar de lado su vehículo de empresa como una medida para reducir los números rojos. Este dato dentro de las grandes corporaciones españolas, el 18% mantuvo el coche como incentivo complementando al salario.
Mientras que, las empresas europeas, más allá de también resultar afectadas, se diferencian de las empresas de España y mantienen la retribución a sus empleados otorgándoles un coche de la empresa siendo que son comprados y no mediante un préstamo, dentro de este dato, el 7% de las pymes y el 16% de las grandes corporaciones en Europa les han ofrecido este tipo de vehículo corporativo a sus empleados.
Además de este tipo de recorte para poder reducir y ahorrar en costes, cerca del (48%) de las compañías implantadas en España han recortado su inversión en cuanto a la compra de vehículos. Sobresaliendo las empresas españolas por sobre sus pares europeas a la hora de hacer planes de ajustes en un (33%).
Debido a que el gasto en flotas llega a ser de lo más gravoso, para las empresas, un (82%) decide respecto a los vehículos que formarán parte de la flota y que estos vehículos sean utilizados para fines comerciales y de negocio. En tanto que el (11%) les permite a los empleados escoger el vehículo pero siempre bajo un presupuesto mientras que un (6%) pueden elegir entre varios modelos.
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