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Galicia empeora la pérdida de empleo autónomo

Galicia no ha perdido el ritmo de de las demás Comunidades Autónomas ya que al igual que las demás se vio afectada por la crisis económica nadie se salva y más cuando la tasa de paro ya superó los 5 millones de desempleados, los datos indican que Galicia ha perdido Durante el mes de Noviembre un total de 582 trabajadores autónomos,registrando una caída del 0,3% respecto a Octubre de 2011.

Esta situación que se da en Galicia no se frenará fácilmente y solo si el desempleo empieza a bajar en toda España, las previsiones dicen que Galicia podría registrar en la pérdida neta de empleo autónomo más de 3.000 puestos cuando finalice Diciembre de 2011.

Galicia en dicho periodo perdió hasta 582 trabajadores autónomos en Noviembre, lo que hizo que la cifra pasara de 218.600 a los 218.018, significando una caída del 0,3% respecto a Octubre.

Todos estos datos pertenecen al informe de la Asociación de Trabajadores Autónomos de Galicia-ATA Galicia y muestran que para el conjunto del Estado se registró una caída intermensual del 0,3% de autónomos afiliados (-8.469) trabajadores autónomos menos.

Yendo más allá de estos datos, se dio en cuatro provincias de Galicia una caída durante el mes de Noviembre cada una en su conjunto de trabajadores autónomos, aunque fue Pontevedra la de mayor caída (0,4%), con 279 autónomos menos. Detrás vienen Lugo y Ourense, que tuvieron una caída del 0,3% habiendo perdido 104 en Lugo y 67 autónomos en Ourense, y A Coruña, registró un descenso del 0,2%, y en términos absolutos, unas 132 cotizantes menos dentro del régimen de autónomos.

El total de todos los sectores, se han visto afectados, las actividades artísticas y recreativas registraron un (-1%), las actividades administrativas (-1%), hostelería (-0,6%), construcción (-0,5%), agricultura (-0,4%) e industria (-0,2%) han sido los más afectados en términos relativos.

Los sectores que lograron evitar las caídas, fueron los sectores de educación (1,3%), las actividades sanitarias (0,5%) y las actividades profesionales (0,2%) lograron registrar un aumento de trabajadores autónomos afiliados durante Noviembre pasado, los sectores de educación obtuvieron 47, las actividades sanitarias fueron 23 y las actividades profesionales fueron de 26 trabajadores más.

Las previsiones no son fáciles de aceptar en el último mes del año y que seguirá perdiéndose cantidades de colectivo autónomos, la peor previsión de cara a final de 2011 finalizaría una pérdida neta de empleo autónomo de más de 3.000 menos. Así como se busca evitar que siga creciendo el paro juvenil debería evitarse que también crezca el desempleo entre el colectivo de trabajadores autónomos.

Autónomos cobro prestación por cese de actividad

La prestación por desempleo para trabajadores autónomos es una realidad de la que ya disfuta la mayor parte de este colectivo, que puede acceder al paro para autónomos. En total se cubre un periodo máximo de 12 meses en el que se cobrará un 70% de la base reguladora dentro de unos límites, tal y como ocurre con el paro de los trabajadores por cuenta ajena. Para poder acceder a la prestación por desempleo como autónomos es necesario cumplir una serie de requisitos que os detallamos a continuación.

El paro de los autónomos es una realidad gracias a la  Ley 32/2010, de 5 de agosto de 2010 que permite a los autónomos cobrar la prestación por cese de actividad. El sistema de protección para los trabajadores autónomos difiere del paro  ’nomal’ en varios aspectos, empezando porque no es obligatorio cotizar por él. Y es que no todos los trabajadores autónomos deben cotizar por esta contingencia, que según la Instrucción del 28 de octubre de 2010 Tesorería General de la Seguridad Social será  “obligatoria para todos los trabajadores autónomos que tengan cubierta la protección por contingencias profesionales”. El resto de podían elegir hasta febrero de 2011 si cotizaban o no por la contingencia de prestación por cese de actividad. De todas formas, es una opción que deben plantearnos en la Seguridad Social al hacerse autónomo en caso de que no fuese obligatorio pr nuestro epígrafe.

Cuánto cuesta

Acceder al paro como autónomos conlleva una serie de costes. En concreto,  será necesario aumentar las cotizaciones a la Seguridad Social un 2,2% sobre la base de cotización del RETA, lo que a efectos prácticos y para la base mínima supone 18,7 euros más al mes, a lo que habría que añadir la mencionada cobertura por contingencia profesional en caso de no estar obligado a cotizar por ella.

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La prestación por desempleo de los trabajadores autónomos

autonomos_cobrar

Desde el agosto de 2010 los trabajadores autónomos ya pueden cobrar el paro. El sistema de protección por cese de actividad permite acceder a la prestación por desempleo durante un periodo máximo de 12 meses y por un 70% de la base reguladora, aunque con una serie de cuantías máximas. como ocurre con el paro de los trabajadores por cuenta ajena. Pero además, deben cumplirse algunos requisitos adicionales para poder beneficiarse de la prestación.

La Ley 32/2010, de 5 de agosto de 2010, hizo justicia con una de las demandas más antiguas de los trabajadores autónomos: poder cobrar el paro. Finalmente se establecía, como reza el título de la ley, un sistema específico de protección por cese de actividad  de los trabajadores autónomos que un año después de su aprobación sigue generando algunas dudas que trataremos de resolver.

Lo primero que debemos tener en cuenta es que no se trata de un sistema obligadorio o por lo menos no lo es para todos los autónomos. La Instrucción del 28 de octubre de 2010 Tesorería General de la Seguridad Social aclara este punto y determina que “la nueva protección es obligatoria para todos los trabajadores autónomos que tengan cubierta la protección por contingencias profesionales”. El resto de trabajadores autónomos podían elegir hasta febrero de 2011 si cotizaban o no por la contingencia de prestación por cese de actividad, aunque esta es una opción que se ofrece a todo nuevo autónomo.

Cuánto cuesta

Como es lógico, la prestación por cese de actividad tienen aparejados una serie de costes para el trabajador autónomo, que deberá incrementar sus cotizaciones a la Seguridad Social si quiere disfrutar de esta cobertura.  En concreto, la cotización para sustentar el paro de los autónomos es del 2,2% sobre la base de cotización del RETA, lo que a efectos prácticos y para la base mínima supone 18,7 euros más al mes, a lo que habría que añadir la mencionada cobertura por contingencia profesional.

Cuánto se cobra

La cuantía del subsidio por desempleo  para trabajadores autónomos será del 70% de la base reguladora por la que se haya cotizado en los doce meses anteriores a quedarse en paro con un límite máximo del 175% del Indicador Público de Rentas a Efectos Múltiples (IPREM) excepto para los autónomos con uno o más hijos a su cargo, en cuyo caso el porcentaje se eleva al 200% y 225% respectivamente. Del mismo modo, la cuantía de la prestación no podrá ser menor del 80% del IPREM y del 107% para personas con hijos a su cargo.

A efectos prácticos, el mínimo actual estarían en los  583,38 euros mensuales y el máximo en 1.383,9 euros dependiendo de las aportaciones que se hayan realizado.

Cuanto tiempo se cobra

El tiempo de paro está directamente ligado al tiempo que se haya cotizado y la edad del autónomo (el sistema es más benevolente con quienes están más cerca de su jubilación). En cualquier caso, se tomará como referencia los periodos de cotización dentro de los 36 meses anteriores al cese de actividad.

En la siguiente tabla se puede ver la relación entre meses cotizados y tiempo de paro:

Requisitos

Lo que os hemos contado hasta ahora es sólo cuanto se cobra y durante cuando tiempo. Ahora vamos directos a los requisitos que deben cumplirse para poder cobrar efectivamente la prestación. Quizás lo más importante es que, al igual que ocurre con los trabajadores por cuenta ajena, será necesario que el cese de la actividad sea involuntario, es decir, que el autónomo se vea obligado a tener que dejar su trabajo y que no lo haga de forma voluntaria. Sin embargo, antes de ahondar en ese punto veamos los requisitos generales.

  • Estar afiliados y en situación de alta y en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
  • Tener cubierto un periodo mínimo de cotización de doce meses
  • Encontrarse en situación legal de cese de actividad y suscribir el compromiso de actividad.
  • No haber cumplido la edad de jubilación,
  • Hallarse al corriente en el pago de las cuotas a la Seguridad Social.

Y llegamos ya a la parte más importante, ya apuntado con anterioridad y esta no es otra que definir lo que se considera situación legal de cese de actividad, que a fin de cuentas será lo que el autónomo deba acreditar para poder cobrar el paro. Esto son los supuestos a los que nos podemos acoger:

  • Por la concurrencia de motivos económicos, técnicos, productivos u organizativos determinantes de la inviabilidad de proseguir la actividad económica o profesional. Estos incluyen unas pérdidas en un año completo superiores al 30% de los ingresos o del 20% para dos años consecutivos, ejecuciones judiciales para el cobro de deuda que comporten, al menos, el 40% de los ingresos  o la declaración judicial de concurso que impida continuar con la actividad, en los términos de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.
  • Por fuerza mayor, determinante del cese temporal o definitivo de la actividad económica o profesional.
  • Por pérdida de la licencia administrativa, siempre que la misma constituya un requisito para el ejercicio de la actividad económica o profesional y no venga motivada por incumplimientos contractuales o por la comisión de infracciones, faltas administrativas o delitos imputables.
  • Por violencia de género.
  • Por divorcio o acuerdo de separación matrimonial, mediante la correspondiente resolución judicial.

Como se puede ver, no parece que cobrar el paro de los autónomos vaya a ser tarea tan sencilla, ya que para empezar habrá que acreditar importantes pérdidas que no todo autónomo es capaz de soportar durante un periodo prolongado de tiempo.

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Imagen: Google

UPTA urge a crear ayudas para los jóvenes emprendedores

Eliminar las cuotas a la Seguridad Social de jóvenes autónomos en paro, esta sería una de las posibilidades que intenta impulsar la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) para los que han estado hasta 1 año desempleados.

Lo que sería de gran ayuda si se elimina la cuota de la Seguridad Social por 2 años ayudando a los autónomos con menos de 30 años cumpliendo el requisito de haber estado inscritos en oficinas de empleo por un mínimo de 12 meses en los 18 anteriores meses al alta.

UPTA también pretende que se les otorgue una bonificación de la cuota del 30% durante los 3 próximos años. Además debería aplicarse cuanto antesa dada la actual situación por la que pasa este colectivo y a que el autoempleo juvenil se ha vuelto una de las posibilidades de salida alboral al emprender sus negocios y ofrecerse cada vez más cursos para ello.

Otra fórmula es la de desarrollar un sistema único de microcréditos público-privado, creando una línea propia del Instituto de Crédito Oficial (ICO). Ya que no existe un sistema integral de microfinanciación para jóvenes emprendedores.

Por lo que se debe presentar el proyecto para una nueva línea de ICO-Microcréditos en la que colaboraría el Ministerio de Trabajo e Inmigración, apoyando la subvención del tipo de interés del crédito recibido por el emprendedor, por lo que UPTA urge a crear ayudas para los jóvenes emprendedores.

Imagen: elbolsillo

Autónomos cotización prestación de paro

Actualmente unos 600.000 trabajadores autónomos llegan a cotizar por la prestación de paro, esta cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, les posibilita a los autónomos acceder al “paro de los autónomos” ante la situación de cese involuntario de la actividad, que se elevó a más de 60.000 personas en diciembre y enero, lo que significa más de 600.000 emprendedores se encuentren cubiertos.

Estos datos parten de Seguridad Social, que se encuentra dentro de la campaña “Hazlo por ti”, que tiene por objetivo desde el Gobierno y ATA y UPTA fomentar sobre los emprendedores para que estos decidan cotizar por sobre las bases mínimas actuales.

Si se nota los números de trabajadores autónomos que cotizan por esta prestación por cese de actividad llega a significar que el 20% de este tipo de trabajadores se encuentre cubierto frente al cierre de sus negocios.

Vale recordar que desde noviembre de 2010 se encuentra vigente la ley que se encarga de regular dicha prestación, cuando significaban el 10% de los autónomos que cotizaban habiendo aumentado hasta el actual 20%. Se prevé de acá a unos años que se llegue al 50% de autónomos que coticen.

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Ayuda de 420 euros para autónomos de Catalunya

Dentro de las diferentes tipos de ayudas que existen y se dirigen al colectivo de trabajadores autónomos como la ayuda de 425€ por cese de actividad. Desde la Conselleria de Trabajo de la Generalitat señalan que han sido unos 1.095 los trabajadores autónomos que se han beneficiado de la ayuda de 420€ para autónomos de Catalunya.

Esta ayuda de 420€ ha entrado en vigencia Febrero y está dirigida a emprendedores que se encuentran desempleados además de estar ligadas a formación. Ya se les ha otorgado a más de 1.000 trabajadores autónomos hasta el pasado Octubre además de haber 86 solicitudes que esperan ser aprobadas.

Para poder hacerse con la ayuda que está regida por la Ley de subvenciones, ningún autónomo deberá de percibir la prestación si posee deudas con la Administración. Ya que existen varios trabajadores autónomos que no acceden a la ayuda debido a que al dejar su actividad terminan declarando deudas un 60% de ellos, quedando solicitudes sin otorgar por dicha causa.

Mientras que, las solicitudes que fueron denegadas son unas 1.810 de 2.991 que se enviaron desde que inició y más de 4.700 autónomos concurrieron a las oficinas de empleo catalanas solicitando información respecto a la ayuda.

El Govern ha dirigido 13 millones de euros en carácter de presupuesto extraordinarios, que servirán para beneficiar a 5.000 trabajadores autónomos.

Imagen: Google

Prórroga de 426 euros

La reciente extensión respecto a la de la ayuda de 426€ mensuales dirigida a los parados que han agotado ya sus prestaciones, si bien significa una buena noticia para aquellos a los que se dirigen y más cuando la tasa de paro se mantiene en sus números, lo han recibido también los sindicatos UGT y CCOO en Andalucía, pero a su vez han solicitado que se generen incentivos hacia las pymes, ya que estas son sumamente importantes a la hora de crear empleo a través de su tejido empresarial.

Una de las quejas especialmente en Andalucía, se basa en que, todos los nuevos contratos son de carácter temporal además de existir parados de larga duración que lamentablemente no pueden acceder a dicha prestación. Así como llevar a cabo ciertas modificaciones, asimilando estas ayudas a las del sector financiero, sin que de por medio existan contraprestaciones. Igualmente representa una salida aunque no alcance para aquellas familias que están en paro.

Esto no debería quedar en solamente en las ayudas, lo ideal sería que desde la Administración pública se debe impulsar el motor productivo, a través del apoyo a las pymes, además de la inversión pública y privada que puedan generar empleo.

A todo esto, vale decir que lo mejor que ha pasado en los últimos meses son las aprobaciones de los 425 € para los autónomos así como el derecho por maternidad, y esta prórroga por parte del Consejo de Ministros por 6 meses de la ayuda de 426€ mensuales para los parados que han agotado prestaciones y a la vez no cuenten con ingresos.

Además de las anteriores condiciones para poder acceder a dicha ayuda, los parados deberán tener extinguida la prestación por desempleo de nivel contributivo o no contributivo además de comprometerse en participar en itinerarios de reinserción laboral.

Dicha prórroga de la ayuda beneficiará a menores de 30 años, mientras que los mayores de 45 años y los de edades de entre 30 y 45 años que posean cargas familiares. Esta es la segunda vez que desde el Gobierno prorrogan esta ayuda, “Programa Temporal de Protección por Desempleo e Inserción” o (Prodi).

Respecto al coste de la nueva prórroga, regirá desde el 16 de Agosto de 2010 hasta el 15 de Febrero de 2011, siendo unos 420 millones de euros alcanzando a 219.000 beneficiarios.

Según los datos actuales, indican que hasta el pasado mes de Julio, se han beneficiado del Prodi unos 300.000 parados, el 57% corresponden a hombres, y el restante 43%, a mujeres.

Ayuda de 425 euros para autónomos en paro

ayuda_autonomos

Se espera con mucha atención por parte del colectivo de autónomos que estén en paro y sin prestación, que se decida si se da a aprobación en el Pleno del Congreso de los Diputados el proyecto de Ley por medio del que establece el sistema de protección por cese de actividad dirigido a los trabajadores autónomos. En torno a esto también hay polémica, ya que de las enmiendas que han sido incorporadas por el Senado, como la introducida por CiU y -rechazada por el PSOE-que pretende fijar una nueva prestación que sea no contributiva por 425€ mensuales por un periodo de 6 meses para trabajadores autónomos, para aquellos dentro de este colectivo que se encuentren en paro y no estén recibiendo ningún tipo de ayuda desde el estado.

Por un lado, desde el sector socialista se pretende captar votos para que se retire dicha modificación, por creerla contradictoria frente al nuevo sistema de prestaciones contributivas de la nueva ley.

Por otro lado, los autónomos en muchos casos escogerían las ayudas de 425€ en vez de cotizar y costear dicha prestación por cese de actividad, que tiene una duración de entre 2 meses y 1 año, recibiendo un mínimo de 584€ mensuales. Mientras que para poder acceder a 6 meses de la prestación, deberían cotizar entre 36 y 42 meses.

Unos 26.252 autónomos se podrían beneficiar a través de esta nueva ley durante 2011, esta nueva prestación no contributiva, cuya cuantía es igual a los 426€ que ya reciben los asalariados que agotaron las prestaciones y subsidios, esta va dirigida a autónomos que finalizaron su actividad desde el 1 de Enero del año pasado.

Este tipo de prestación dependería de que los que se beneficien busquen ocupación de forma efectiva, que conlleve un período mínimo de 180 horas de formación y tendrían compatibilidad con las ayudas que les otorgan las comunidades autónomas.

Así mismo, dicha prestación se dirigirá a trabajadores que registren una media de ingresos familiares por persona que no llegue a ser de más del 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) además de cotizar en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos durante 3 de los últimos 5 años. En cuanto a esto, el Gobierno, tendrá que establecer condiciones de acceso para dichas ayudas.

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Diferencias al cobrar el paro

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De acuerdo a un estudio, que refleja las notorias diferencias entre ingresos y cobertura social que se da entre ambos sexos, las mismas se explicarían en las diferencias que se dan todavía entre hombres y mujeres.

En el caso del sexo femenino, las mujeres llegan a percibir una prestación media por desempleo de 3.044€ anuales, esto es un 12,7% menos que los 3.488€ que de media obtienen los hombres, a partir de estimaciones de los Técnicos de Hacienda por los datos de IRPF de 2008.

Mientras que los hombres llegan a percibir un salario medio anual de 21.596€, las mujeres en cambio obtienen 15.620€, la diferencia es de un 27,7% menos. Dicha distinción económica se da en las pensiones, registrándose las mayores diferencias entre ambos géneros, debido a que para su cómputo se toma como referencia las bases de cotización de los últimos 15 años.

Las pensionistas mujeres, cuentan con ingresos medios de 9.034€ anuales, cobrando un 30,8% menos que los hombres, en cambio ellos obtienen al final de su vida laboral 13.051€ anuales.

En tanto que, por Comunidades Autónomas, Asturias es la región donde se dan las mayores diferencias de salario entre hombres y mujeres. Así los asturianos hombres cobran una media de 22.911€, mientras que las mujeres ganan 15.498 €, esto es un 32,4% menos, seguida por Cantabria, en esta comunidad las mujeres perciben ingresos que quedan en un 30,8% por debajo al de los hombres, similar diferencia se da en la Comunidad de Madrid con 30,4% menos. Mientras que las comunidades donde se dan las menores diferencias entre los salarios de hombres y mujeres son las Islas Baleares con (22,5% menos) y Canarias (18,9% menos).

Dada esta situación, desde Gestha solicita al Ministerio de Igualdad y a las administraciones autonómicas que fomenten y profundicen las políticas activas de igualdad de género para que las condiciones sociales y económicas de las mujeres y de los hombres se equilibren.

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Beneficios fiscales para afectados por ERE

agencia_logo

Como bien se sabe, el Congreso a fines de 2009 había aprobado el incremento de 20 a 45 días el límite establecido de exención de las indemnizaciones que son percibidas para los afectados por Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) y que son tramitados desde el 8 de Marzo de 2009.

Desde hace unos días,  Hacienda se encuentra acumulando información de compañías que han abonado las indemnizaciones por ERE desde Marzo de 2009, con la finalidad de informar a los afectados por ERE que pueden elegir la devolución de los impuestos soportados en la próxima declaración del IRPF.

Hacienda remarca que con efectos del 1 de Enero de 2010, la deducción de 400€ sólo permanecerá siempre que la base imponible sea inferior a 8.000€, reduciéndose de manera proporcional hasta los 12.000€ anuales.

Es así que, que se recomienda desde su página Web, a aquellos contribuyentes que se encuentren bajo esta nueva regulación y que no tengan obligación de realizar la declaración de la renta, que presenten la declaración consignando las retenciones soportadas como una medida de conseguir el reintegro.

Aquellos trabajadores que hayan sido despedidos por ERE tendrán la oportunidad de consignar en la declaración de 2009 la parte de indemnización que se encuentra ligada a gravamen según la nueva normativa. Mientras que, en la casilla de retenciones, el importe soportado.

Además, Hacienda recuerda que con efectos del 1 de enero de este año, la deducción de 400 euros sólo se mantiene cuando la base imponible sea inferior a 8.000 euros. Y se reduce proporcionalmente hasta los 12.000 euros anuales.

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